CAPÍTULO XI.
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS MUERTOS.
192 CAPÍTULO IX-
1 . —La Iglesia no niega en ningun concepto el he-
oho de las manifestaciones ; al contrario, las admi
te todas, como se ha visto en las citas precedentes;
pero las atribuye á la intervencion exclusiva de los
demonios. No hay razon para que algunos invoquen
el Evangelio para impedirlas; porque de ellas no habla
una palabra. El supremo argumento de que se valen
es la prohibicion de Moisés. Hé aquí en qué términos
se expresa con este motivo la pastoral citada en los ca
pítulos anteriores :
«No es permitido ponerse en relacion con ellos (los
Espíritus) yá sea inmediatamente, -yá sea por inter
medio de los que los evocan y los interrogan. La ley
mosáica castigaba de muerte estas prácticas detesta
bles, en uso entre los gentiles.» «No vayais á encon
trar á los mágicos, dice el Libro del Levítico, y no
»»dirijais á los adivinos ninguna pregunta, por miedo
»de quedar manchados dirijiéndqos á ellos.» Cap. XVI,
v. 31. —«Si un hombre ó una mujer tiene un Espíritu
»de Python ó de adivinacion, que sean castigados de
»muerte; serán apedreados y su sangre caerá sobre
«sus cabezas.» (Cap. XX, v. 27.» Y en el libro del
Deuterenomio: «Que no haya nadie entre vosotros que
»consulte á los adivinos, 6 que observe los sueños
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS .MUERTOS. 185
«y los augurios, ó que use maleficios, sortilegios y en
cantamientos, ó que consulte á los que tienen el Es-
»píritu de Python y que practican la adivinacion, ó
»que interrogan á los muertos para saber la verdad;
»porque el Señor tiene en abominacion todas estas co-
»sas, y destruirá á vuestra llegada, las naciones que
» cometan estos crímenes.» (Cap. XVIII, v. 10, 11,
12.)
2.—Es útil para la inteligencia del verdadero sen
tido de las palabras de Moisés, recordar el texto com
pleto, un poco abreviado en esta cita:
«No os aparteis de vuestro Dios, para ir á buscar
los mágicos, y no consulteis á los adivinos, por miedo
de mancharos, dirijiéndoos á ellos. Yo soy el Señor
vuestro Dios,» (Levítico, cap. XIX, v. 31.)
«Si un hombre ó una mujer tiene un Espíritu de
Python, ó un Espíritu de adivinacion, que sean casti
gados de muerte; serán apedreados, y su sangre caerá
sobre su cabeza. (Id., cap. XX, v. 27.)
«Cuando habreis entrado en el país que el Señor
vuestro Dios os dará, tened buen cuidado de no imitar
las abominaciones de estos pueblos; y que no se en
cuentre nadie entre vosotros que pretenda purificar
á su hijo ó su hija, haciéndoles pasar por el fuego
ó que consulte á los adivinos, ó que observe los sueños
y los augurios, ó - que use maleficios, —sortilegios y
encantamientos, ó que consulte los que tienen el Es
píritu de Python, y que sa entremeten en adivinar, ó
que interroguen á los muertos para saber la verdad. —
Porque el Señor tiene en abominacion todas estas co
186 CAPÍTULO XI.
sas, y exterminará todos estos pueblos á vuestra en
trada por causa de estas clases de crímenes que han
cometido. (Deuteronomio, cap. XVIII, v. 9, 10, 11
y 12.)
3. —Si la ley de Moisés debe observarse rigorosa
mente sobre este punto, debe serlo igualmente sobre
todos los otros. ¿Por qué habia de ser buena en lo que
concierne á las evocaciones y mala sobre otros pun
tos? Es preciso ser consecuente; si se reconoce que su
ley no está en armonía con nuestras costumbres y
nuestra época para ciertas cosas, no hay razon para
que no sea así de la prohibicion de que se trata.
Por otra parte, es necesario atender á los motivos
que provocaron esta prohibicion, motivos que tenian
entonces su razon de ser; pero que no existen segu
ramente hoy. El legislador hebreo queria que su
pueblo rompiese con todas las costumbres adquiridas
en Egipto, donde la de las evocaciones estaba en uso,
y era objeto de abusos , como lo prueban estas pala
bras de Isaías: «El Espíritu del Egipto se aniquilará
en ella, y yo derribaré su prudencia; consultarán sus
ídolos, sus adivinos, sus pythonisas y sus mágicos.»
(Cap. XIX, v. 3.)
Además, los israelitas no debian contraer ninguna
alianza con las naciones extranjeras; pues iban á en
contrar las mismas prácticas, que adoptarian, á pesar
de que debian combatirlas. Moisés debió , pues, por
política, inspirar al pueblo hebreo aversion á todas
las costumbres, que por tener puntos de contacto, se
las hubieran asimilado. Para motivar¿»esta aversion,
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS MUERTOS. 187
era menester presentarlas como reprobadas por Dios
mismo; por esto dice: «El Señor tiene en abominacion
todas estas cosas, y destruirá á vuestra llegada, las
naciones que cometen estos crimenes.
r- 4.—La prohibicion de Moisés era tanto más justifi
cada, como que no se evocaban los muertos por respeto
y afecto á ellos , ni con un sentimiento de piedad;
era un media de adivinacion , con el mismo título que
los augurios y los presagios , explotado por el charla
tanismo y la supersticion. Sin embargo , no consiguió
arrancar esta costumbre , que era objeto de tráfico,
como lo prueban los pasajes siguientes del profeta ya
citado :
« Y cuando os dirán : Consultad á los mágicos y á
los adivinos que hablan bajo en sus encantamientos,
respondedles : ¿Cada pueblo no consulta su Dios? ¿Y se
vá á hablar á los muertos de lo que concierne á los
vivos?» (Isaías, Cap. VIII, v. 19.)
«Soy yo quien hago ver la falsedad de los prodigios
de la mágia; quien vuelve insensatos á los que se mez
clan en adivinar, quien derriba el espíritu de los sá-
bios, y quien convence de locura su vana ciencia.»
(Cap. XLIV, v. 25.)
«Que estos augurios que estudian el cielo, que con
templan los astros, y que cuentan los meses, para sacar
de éstos las predicciones que quieren daros del porve
nir, vengan ahora, y que os salven. — Han venido á
ser como la paja, el fuego les ha devorado; no podrán
librar sus almas de las llamas ardientes ; ni áun de
su incendio quedarán carbones, con los cuales pudiese
188 CAPÍTULO XI.
calentarse, ni fuego ante el cual pudiese sentarse. —
Hé ahí lo que serán todas estas cosas á las cuales os
habiais dedicado con tanto afan ; estos mercaderes
que habian traficado con vosotros desde vuestra ju
ventud, huirán todos, el uno por un lado , el otro por
otro, sin que se encuentre de ellos uno solo que os sa
que de vuestros males.» (Cap. XLYII, v. 13, 14, 15.)
En este capítulo Isaías se dirige á los babilonios, ba
jo la figura alegórica de «la vírgen hija de Babilonia,
hija de los caldeos.» (vers. 1 .) Dice que los encantado
res no impedirán la ruina de su monarquia. En el ca
pítulo siguiente, se dirige directamente á los israelitas.
«Venid aquí , vosotros, hijos de una adivina, raza
de un hombre adúltero y de una mujer prostituta. —
¿Con quién os habeis divertido? ¿Contra quién habeis
abierto la boca y lanzado vuestras lenguas agudas?
¿No sois hijos pérfidos y vástagos bastardos, —vosotros
que buscais vuestro consuelo en vuestros dioses, bajo
todos los árboles cargados de ramas, que sacrificáis
vuestros niños en los torrentes, bajo las rocas salien
tes?—Habeis puesto vuestra confianza en las piedras
del torrente; habeis derramado licores para honrarlas
les habeis ofrecido sacrificios. ¿Despues de esto, mi in
dignacion no se inflamará?» (Cap.LVII, v. 3, 4, 5, 6.)
Estas palabras no dejan duda ; prueban clara
mente que en aquel tiempo las evocaciones tenian por
objeto la adivinacion, y que se comerciaba con ellas:
estaban asociadas á las prácticas de la magia y de
la hechicería , y áun acompañadas de sacrificios hu
manos. Moisés tenia , pues , razon en prohibir esas
cosas y en decir que Dios las tenia en abominacion .
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS MUERTOS. 189
Hasta la edad media se perpetuaron estas prácticas
supersticiosas ; pero hoy la razon las hace justicia,
y el Espiritismo ha venido á demostrar el fin exclusi
vamente moral , consolador y religioso de las relacio
nes de ultra-tumba; desde luego que los espiritistas no
«sacrifican los niños y no derraman licores para hon
rar á los dioses,» que no preguntan ni á los astros ni
á los muertos, ni á los augures para conocer el porve
nir que Dios ha ocultado sabiamente á los hombres,
que repudian todo tráfico de la facultad que algunos
han recibido de comunicar con los Espíritus, que no
son movidos por la curiosidad ni por la concupiscen
cia, sino por un sentimiento piadoso, y por el solo
deseo de instruirse, de mejorarse , y de aliviar á las
almas que sufren, la prohibicion de Moisés no les con
cierne de ningun modo; esto es lo que habrian visto los
que la invocan contra ellos, si hubieran profundizado
mejor el sentido de las palabras bíblicas. Habrian re
conocido que no existe ninguna analogía entre lo que
pasaba entre los hebreos y los principios del Espiritis
mo; además, el Espiritismo condena precisamente lo
que motivaba la prohibicion de Moisés ; mas cegados
por el deseo de encontrar un argumento contra las
nuevas ideas, no se han apercibido que este argumen
to es completamente falso.
La ley civil de nuestros dks castiga todos los abusos
que quería reprimir Moisés. Si Moiséspronunció el últi
mo suplicio contra los delincuentes, esporque necesitaba
medios rigorosos para gobernar aquel pueblo indiscipli
nado ; así es que la pena de muerte se halla muy pro
digada en su legislacion; por lo demás, no tenia mucho
190 CAPÍTULO XI.
que escoger en los medios de represion; faltaban cár
celes, casas de correccion en el desierto y la natura
leza de su pueblo no era para ceder al temor de las
penas puramente disciplinarias ; no podia graduar su
penalidad como se hace en nuestros dias. Es, pues,
una equivocacion apoyarse en la severidad del castigo,
para probar el grado de culpabilidad de la evocacion
de los muertos. ¿Seria necesario, por respeto á la ley
de Moisés, mantener la pena capital para todos los
casos en que la aplicaba? Por otra parte , ¿por qué se
recuerda con tanta insistencia este artículo, cuando se
pasa en silencio el principio del capítulo, que prohibe
á los sacerdotes poseer los bienes de la tierra, y no
tener parte en ninguna herencia, porque el mis
mo Señor es su herencia? (Deuteron., cap. XVIII,
v. 1 y 2.)
5. —Hay dos partes distintas en la ley de Moisés:
la ley de Dios propiamente dicha , promulgada sobre
el monte Sinaí , y la ley civil ó disciplinaria apropiada
á las costumbres y al carácter del pueblo ; la una es
invariable, la otra se modifica segun los tiempos, y no
puede ocurrírsele á nadie que pudiésemos ser goberna-
nados por los mismos medios que los hebreos en el de
sierto, así como las Capitulares de Carlo-Magno no
podrian aplicarse á la Francia del siglo XIX. ¿Quién
pensaria, por ejemplo , en aplicar hoy este artículo
de la ley mosáica: «Si un buey da una cornada á un
hombre ó á una mujer , que muera de ella , el buey
será apedreado, y no se comerá de su carne ; pero el
dueño del buey será juzgado inocente?» (Exodo, capí-
ulo XXI, v. 23 y siguientes.)
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS MUERTOS. 191
Este artículo, que nos parece tan absurdo, no tenia
sin embargo, por objeto castigar al buey y librar de
responsabilidad á su dueño ; equivalia simplemente á la
confiscacion del animal causa del accidente, para obli
gar al propietario á mayor vigilancia. La pérdida del
buey era el castigo del dueño, castigo que debia ser
bastante sensible en un pueblo pastor , para que fuese
necesario imponerle otro ; pero no debia aprovechar á
nadie; por esto se prohibia comer su carne. Otros ar
tículos expresan el caso en que el dueño es respon
sable.
Todo tenia su razon de ser en la legislacion de Moi
sés, porque todo estaba previsto en ella hasta los me
nores detalles; pero la forma, así como el fondo, esta
ban en armonía con las circunstancias de la época.
Ciertamente , si Moisés volviese hoy á dar un código
á una nacion civilizada, no le daria el de los hebreos.
6. —A esto se opone que todas las leyes de Moi
sés son dictadas en nombre de Dios , como las del
Sinaí. Si se las juzga todas de origen divino ¿por qué
los Mandamientos están limitados al Decálogo? Es
porque se ha hecho diferencia. Si todas dimanan de
Dios, todas son- igualmente obligatorias; ¿por qué no se
observan todas? ¿Por qué, entre otras, no se ha
conservado la circuncision que Jesús sufrió y que no
abolió? Se olvida que todos los legisladores antiguos,
para dar más autoridad á sus leyes , dijeron que las
recibieron de una divinidad. Moisés, más que ningun
otro, tenia necesidad de este apoyo, en razon al carác
ter de su pueblo; si á pesar de esto tuvo tanto trabajo
192 CAPÍTULO IX-
en hacerse obedecer, éste hubiera sido mayor, si las
hubiese promulgado en nombre propio.
¿No vino Jesús á modificar la ley mosáica, y no es
su ley el código de los cristianos? ¿No ha dicho : «Ha
beis aprendido que ha sido dicho á los antiguos tal y
cual cosa, y yo os digo tal otra? ¿Pero ha tocado la ley
del Sinaí? De ningun modo ; la sanciona, ytodasu doc
trina moral no es más que desenvolvimiento de aquélla.
Pero en ninguna parte habla de la prohibicion de evo
car los muertos. Esta era una cuestion bastante grave,
sin embargo, para que la hubiese omitido en sus ins
trucciones, cuando ha tratado otras más secundarias.
7. —En resumen, se trata de saber si la Iglesia sobre
pone la ley mosáica álá ley evangélica; ó de otro modo,
sí es más judía que cristiana. Es digno de- observar que
de todas las religiones , la que ha hecho ménos oposi
cion al espiritismo es la judía, y no ha invocado contra
las relaciones con los muertos la ley de Moisés, en la
que se apoyan las sectas cristianas.
8. —Otra contradiccion : Si Moisés prohibió evocar
los espíritus de los muertos , es señal que los tales es
píritus pueden venir, pues de otro modo su prohibicion
era inútil. Si podian venir en su tiempo, lo pueden aún
hoy; si son los espíritus de los muertos, no son exclu
sivamente los demonios. Por lo demás, Moisés no habla
de ninguna manera de estos últimos.
Es , pues , evidente que nadie puede lógicamente
apoyarse en la ley de Moisés en esta circunstancia, por
el doble motivo de que no rige en el cristianismo, y no
DE LA PROHIBICION D8 EVOCAR LOS MUERTOS. 193
ser apropiada á las costumbres de nuestra época. Pero
áun suponiéndole toda la autoridad que algunos la
conceden, no puede , segun hemos visto, aplicarse al
Espiritismo.
Moisés, es verdad , comprende en su prohibicion el
que se interrogue á los muertos ; pero esto no es más
que de un modo secundario , y como accesorio á las
prácticas de la hechicería. La misma palaba interro
gar, puesta al lado de los adivinos y de los augures,
prueba que, entre los hebreos, las evocaciones eran un
medio de adivinacion; pero los espiritistas no evocan
á los muertos para obtener revelaciones ilícitas, sino
para recibir de ellos sábios consejos y procurar el ali
vio de los que sufren. Ciertamente, si los hebreos no se
hubiesen servido de las comunicaciones de ultra-tum
ba sino para ese fin, léjos de prohibirlas, Moisés las
habria fomentado; porque ellas hubieran hecho á su
pueblo más morigerado.
9.—1Si ha sido del gusto de algunos críticos jocosos,
ó mal intencionados presentar las reuniones espiritis
tas como asambleas de brujos y de nigrománticos, y
los médiums como decidores de la buena ventura ; si
algunos charlatanes mezclan este nombre con prácti
cas ridiculas, que desaprueba el Espiritismo, bastantes
gentes saben á qué atenerse sobre el carácter esen
cialmente moral y grave de las reuniones del Espiritis
mo sério; la doctrina escrita para todo el mundo , pro
testa bastante contra los abusos de todas clases, para
que la calumnia recaiga sobre quien lo merece.
13
194 CAPÍTULO XI.
10. —La evocacion, se dice, es una falta de respeta
á los muertos, cuyas cenizas no deben ser removidas.
¿Quién dice esto? Los adversarios de los dos cam
pos opuestos que se dan la mano : los incrédulos que
no creen en las almas, y los que creyendo en ellas,
pretenden que no pueden venir, y que sólo el de
monio se presenta.
Cuando la evocacion se hace religiosamente y con
respeto; cuando los Espíritus son llamados, no por cu
riosidad, sino por un sentimiento de afecto y de sim
patía, y con el deseo sincero de instruirse y de hacer
se mejores , no se comprende que seria más irre
verente si llamar á las gentes despues de su muerte
ó durante su vida. Pero hay otra respuesta peren
toria á esta objeccion, esto es, que los Espíritus vie
nen libremente y no obligados; que tambien vienen
expontáneamente sin.ser llamados; que manifiestan su
satisfaccion en comunicarse con los hombres, y se
quejan á menudo del olvido en que se les deja á veces.
Si fueran turbados en su quietud ó estuviesen des
contentos de nuestro llamamiento, lo dirian ó no ven
drian. Puesto que son libres, cuando vienen, es por
que esto les place.
11. —Se alega esta otra razon: las almas, se dice,
permanecen en la morada que les ha señalado la justi
cia de Dios, esto es, en el infierno ó en el paraíso; las
que están en el infierno, no pueden salir deéste, aun
que á los demonios se les deje en libertad. lias que es
tán en el paraíso, se hallan ocupadas enteramente en
su beatitud; están muy por encima de los mortales par
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS MUERTOS. 195
ocuparse de ellos y muy dichosas para volver á esta
tierra de miserias á interesarse por los parientes y
amigos, quedan dejado en ella. ¿Son, pues, como esos
ricos que apartan la vista de los pobres, por temor de
que su miseria no les altere la digestion ? Si fuera así,
serian- poco dignas de la dicha suprema que vendría á
ser el premio del egoismo. Quedan, las que están en el
purgatorio; pero éstas se hallan sufriendo y tienen que
pensar en su salvacion ántes que todo; así, pues, si
ni unas ni otras pueden" venir , sólo el diablo podrá
hacerlo en su lugar. Si no pueden venir, no hay, pues,
temor de que se altere su reposo.
12. —Pero aquí se presenta otra dificultad. Si las
almas que están en la beatitud no pueden dejar su mo
rada afortunada, para venir en socorro de los morta
les, ¿por qué invoca la Iglesia la asistencia de los san
tos, que deben gozar de la más grande suma posible
de beatitud? ¿Por qué dice á los fieles qne les invoquen
en las enfermedades , en las aflicciones y para preser
varse de las calamidades? ¿Por qué, segun ella, los san
tos, la misma Virgen, vienen á mostrarse á los hom
bres y á hacer milagros? Dejan, pues, el cielo para ve
nir á la tierra. Si los que esátn en lo más alto de los
cielos pueden dejarlo, ¿por qué no podrán hacerlo los
que están ménos elevados?
13.—Que los incrédulos nieguen la manifestacion
de las almas , se concibe , pues que no creen en el
alma; pero lo que es extraño es ver á aquéllos cuyas
creencias se apoyan sobre su existencia y su porvenir,
196 CAPÍTULO XI. Error
encarnizarse contra los medios de probar que
existe, y esforzarse en demostrar que eso es im
posible. Pareceria natural, al contrario, que los que
tienen más interés en su existencia, debiesen acoger
<:on alegría, y como un beneficio de la Providencia,
los medios de confundir á los negadores con pruebas
irrecusables, puestB que éstos son los que niegan la
religion. Deploran sin cesar la invasion de la incre
dulidad que diezma el redil de los fieles, y cuando
el más poderoso medio de combatirla se presenta, lo
rechazan con más obstinacion que los mismos incré
dulos, pues cuando las pruebas rebosan hasta el punto
de no dejar ninguna duda, se recurre como argumen
to supremo á la prohibicion de ocuparse de ellas; y
para justificarla, se aduce un artículo de la ley de
Moisés en el cual nadie pensaba, y donde se quiere, á
la fuerza, ver una aplicacion que no existe. Se con
ceptúa tan feliz este descubrimiento, que no han sabido
ver en él una justificacion de la doctrina Espiritista.
14. —Todos los motivos alegados contra las relacio
nes con los Espíritus, no pueden resistir un exámen
sério; del encarnizamiento que se desphega puede,
empero, inferirse que á esta cuestion se une un gran
interés, pues de no ser así, no se insistiria tanto en
ella. Al ver esta cruzada de todos los cultos contra las
manifestaciones, se diria que les tienen miedo. El
verdadero motivo podria muy bien ser el temor de
que los Espíritus, demasiado perspicaces, no viniesen
á ilustrar á los hombres sobre los puntos que se quie-
'ren dejar en la obscuridad, y á hacerles conocer de fijo
DE LA PROHIBICION DE EVOCAR LOS MUERTOS. 197
lo que hay en el otro mundo y las verdaderas condi
ciones para ser en él dichoso ó desgraciado. Por
esto, lo mismo que se dice á un niño: «No vayas allá,
que hay un duende;» se dice á los hombres: «No lla
meis á los Espíritus, pues son el diablo.» Pero sus tra
bajos tendrá, porque si se prohibe á los hombres lla
mar á los Espíritus, no se impedirá á los Espíritus á
que vengan á los hombres á sacar la lámpara de de
bajo del celemín.
El culto que está en la verdad absoluta, no tie
nen que temer nada de la luz, porque la luz hará re
saltar la verdad, y el demonio no podrá prevalecer
contra ella.
15. —Rechazar las comunicaciones de ultra-tum
ba, es rechazar el poderoso medio de instruccion que
resulta de la iniciacion en la vida futura, y de los
ejemplos que ellas nos suministran. La experiencia
nos enseña además el bien que se puede hacer á los
Espíritus imperfectos apartándoles del mal, ayudando
á los que sufren á desprenderse de la materia y á me
jorarse. Prohibir, pues, dichas comunicaciones, es pri
var á las almas desgraciadas de la asistencia que po
demos darles. Las siguientes palabras de un Espíritu
reasumen admirablemente las consecuencias de la evo
cacion practicada con un fin caritativo.
«Cada Espíritu doliente y lastimero os contará la
causa de su caída, los motivos que le han arrastrado
á sucumbir; os dirá sus esperanzas, sus combates, sus
terrores; os dirá sus remordimientos, sus dolores, sus
desesperaciones; os mostrará á Dios, justamente irri
l98 CAPÍTULO XI.
tado, castigando al culpable con toda la severidad de
su justicia. Escuchándoles, os conmovereis y os ate
morizareis por vosotros mismos; siguiéndoles en sus
lamentos, vereis á Dios, no perdiéndole de vista, es
perando al pecador arrepentido, tendiéndole los bra
zos tan pronto como trate de adelantar. Vereis los
progresos del culpable, á los cuales habreis tenido la
dicha y lá gloria de haber contribuido, y los seguireis
con afan, como el cirujano sigue los progresos de la
herida que cura diariamente.» (Burdeos, 1861).





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