Antes de juzgar sí se trata de una crítica a los que cometen Fraudes, Plagio o Misticismos en el Espiritismo, le invito a leer éste articulo sobre las Indulgencias. Tal vez, usted puede actualizar su modo de pensar en cuánto a no evaluar a los que tienen que corregir falsas enseñanzas en el Espiritismo. Sugiero no saltar a conclusiones antes de leer éste artículo. A los que puedan decir algo no es conforme a su modo de pensar. Lo más común es simplemente considerar todo argumento como una crítica sin sentido. Tal vez estás equivocado. No existen calumnias cuando se descubre la mentira y los Misticismos. Descubrir la mentira y la hipocresía no es calumnia, ni criticar, ni juzgar a nadie, sino es una indulgencia. El libro del Evangelio según el Espiritismo. “S o y . E s p í r i t a” comenta: "Indulgencia no es Críticar, calumniar o juzgar en el Espiritismo... Sugiero, que comience a entender la diferencia entre lo que son críticas y calumnias, son Indulgencias según el Espiritismo… A los mentirosos e hipócritas, ni se les critica, ni se le calumnian, se les descubre."
En éste artículo presento lo que es La Indulgencia según la Perspectiva Espírita, y las Indulgencias paganas, de las religiones, y de la Iglesia Católica, que no es lo mismo.
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EL EVANGELIO SEGÚN EL ESPIRITISMO
Capítulo X, Pág. 162 (Libro Digital, traducción Español, Barcelonesa)
18. Queridos amigos, sed severos para con vosotros mismos e indulgentes para con las debilidades de los otros; también esto es una práctica de la santa caridad que muy pocas personas observan. Todos vosotros tenéis malas inclinaciones que vencer,defectos que corregir, costumbres que modificar, todos vosotros tenéis una carga más o menos pesada que depositar para subir a la cumbre de la montaña del progreso. ¿Por qué, pues, veis tanto para el prójimo, y sois tan ciegos para vosotros mismos? ¿Cuándo, pues, cesaréis de advertir en el ojo de vuestro hermano una arista de paja que le hiere, sin mirar en el vuestro la viga que os ciega, y os hace marchar de precipicio en precipicio? Creed en vuestros hermanos los espíritus: Todo hombre bastante orgulloso para creerse superior en virtud y en mérito a sus hermanos encarnados es insensato y culpable, y Dios le castigará en el día de su justicia. El verdadero carácter de la caridad, es la modestia y la humildad que consiste en no ver superficialmente los defectos para dedicarse a hacer volver lo que hay en el bueno y virtuoso; porque si el corazón humano es un abismo de corrupción, existe siempre en algunos de sus pliegues más escondidos, el germen de buenos sentimientos, chispa brillante de la esencia espiritual. ¡Espiritismo, doctrina consoladora y bendita; felices los que te conocen y se aprovechan de las saludables enseñanzas de los espíritus del Señor!
Para ellos el camino es claro, y durante todo el viaje pueden leer estas palabras que les indican el medio de llegar al fin: caridad práctica, caridad de corazón, caridad para el prójimo como para sí mismo, en una palabra, caridad para todos y amor de Dios sobre todas las cosas, porque el amor de Dios resume todos los deberes y porque realmente es imposible amar a Dios sin practicar la caridad, de la que hace una ley para con todas sus criaturas.
18. Queridos amigos, sed severos para con vosotros mismos e indulgentes para con las debilidades de los otros; también esto es una práctica de la santa caridad que muy pocas personas observan. Todos vosotros tenéis malas inclinaciones que vencer,defectos que corregir, costumbres que modificar, todos vosotros tenéis una carga más o menos pesada que depositar para subir a la cumbre de la montaña del progreso. ¿Por qué, pues, veis tanto para el prójimo, y sois tan ciegos para vosotros mismos? ¿Cuándo, pues, cesaréis de advertir en el ojo de vuestro hermano una arista de paja que le hiere, sin mirar en el vuestro la viga que os ciega, y os hace marchar de precipicio en precipicio? Creed en vuestros hermanos los espíritus: Todo hombre bastante orgulloso para creerse superior en virtud y en mérito a sus hermanos encarnados es insensato y culpable, y Dios le castigará en el día de su justicia. El verdadero carácter de la caridad, es la modestia y la humildad que consiste en no ver superficialmente los defectos para dedicarse a hacer volver lo que hay en el bueno y virtuoso; porque si el corazón humano es un abismo de corrupción, existe siempre en algunos de sus pliegues más escondidos, el germen de buenos sentimientos, chispa brillante de la esencia espiritual. ¡Espiritismo, doctrina consoladora y bendita; felices los que te conocen y se aprovechan de las saludables enseñanzas de los espíritus del Señor!
Para ellos el camino es claro, y durante todo el viaje pueden leer estas palabras que les indican el medio de llegar al fin: caridad práctica, caridad de corazón, caridad para el prójimo como para sí mismo, en una palabra, caridad para todos y amor de Dios sobre todas las cosas, porque el amor de Dios resume todos los deberes y porque realmente es imposible amar a Dios sin practicar la caridad, de la que hace una ley para con todas sus criaturas.
19. "Sí nadie es perfecto, ¿se sigue de esto que nadie tiene el derecho de corregir a su vecino?(Dufétre, obispo de Nevers, Bordeaux).
"Seguramente que no, puesto que cada uno de vosotros debe trabajar para el progreso de todos, y sobre todo de aquellos cuya tutela se os ha confiado; pero hay una razón para hacerlo con moderación, con un fin útil, y no como se hace la mayor parte de las veces por el placer de denigrar. En éste último caso la censura es una maldad; en el primero es un deber que la caridad manda cumplir con toda prudencia posible, y aún la censura que se quiere hacer a otro, debe uno hacérsela a sí mismo al propio tiempo y preguntarse si también la merece. (San Luis. París, 1860).
20. "¿Es uno reprensible por observar las imperfecciones de los otros cuando no puede resultar ningún provecho para ellos, aun cuando no las divulgue? "Todo depende de la intención; ciertamente no está prohibido ver el mal cuando el mal existe, y aún habría inconveniente en ver por todas partes el bien; esta ilusión perjudicaría al progreso. Lo malo es hacer recaer esta observación en detrimento del prójimo, desacreditándole, sin necesidad, en la opinión. Sería también reprensible haciéndolo para complacerse a sí mismo en sus sentimientos de malevolencia y de alegría al encontrar a los otros en falta. Lo contrario sucede cuando echando un velo sobre el mal para el público, se limita uno a observarlo para su provecho personal, es decir, para estudiarse y evitar lo que se censura en los otros. Por lo demás, esta observación, ¿no es acaso, útil, al moralista? ¿Cómo pintaría los males de la humanidad si no estudiase los modelos?
Tenemos un ejemplo con la revista : “Doctrina Espírita para Principiantes, edición 2005, contiene Fotos de Materializaciones Fraudulentas de Uberaba.
Es muy fácil decir que existen las materializaciones, si ven a un lado en una foto de una supuesta Materialización a Chico Xavier o a un conocido expositor del espiritismo, con propósitos publicitarios. así se venden muchos libros de Chico Xavier, esto es un vil engaño.
¿Qué necesidad tenía Chico Xavier de empañar su nombre, venerado en el mundo, y mancharle con fraudes o engaños?. Eso nos pone a pensar, si su labor Mediúmnica era auténtica, todas las veces. No tengo dudas de sus capacidades Mediúmnicas, por eso me apena saber que se dio a estos engaños.
No se necesita nada de eso para exponer la bella Filosofía del espiritismo.
A partir de ese Fraude en fotos, todas las Casas Espíritas auspiciadas por la Federación Espírita de Brasil – FEB, promovieron las fotos como auténticas materializaciones espirituales. Algo digno de preocupación. Porque demuestra también complicidad. ¿Cómo una organización Espírita puede dar lugar a la publicación de fotos fraudulentas?. Lo mismo ocurre con todas las organizaciones que promueven información falsa en el Espiritismo, se hacen cómplices de los engaños o Mistificaciones que dan lugar estos fraudes.
A los nuevos Espíritas les digo, todo lo que debemos saber en términos Espirituales, lo puedes leer en los Libros Codificados. No existe una nueva Espiritualidad de Chico Xavier y Divaldo Franco y sus Espíritus Mentores, nada puede suplantar los Los Libros Codificados que en definitiva es Palabra de Dios dadas a Espíritus Puros y Perfectos, para ser lo que hoy conocemos como la Tercera Revelación del Espiritismo, NO EXISTE NINGUNA NUEVA ESPIRITUALIDAD PLAGADA DE MISTIFICACIONES, MATERIALIZACIONES FRAUDULENTAS, NI PLAGIO.
El público nos debe evaluar como gente recta, no propensos ni al interés económico ni a comportamientos alejados del Bien Común.
La Federación Espírita de Brasil FEB, se le pasó la mano con el Espiritismo, no deben manchar nuestra Bella filosofía consoladora con el mercantilismo religiosos. Por eso es muy fácil llamar al Espiritismo una Religión, para justificar que todo hay que creerlo por fe ciega. Pues no, los Espiritistas tenemos Fe razonada.
Si quieres murmurar hablando mal de mí persona, sabes que cometes falta. Lo que debes hacer es evaluar los argumentos que estoy presentando y corrijas eso, sino presentar tus puntos de vista. No se necesita que te enojes. Si eres Espiritista de Verdad, no le pasas la mano a esto.
http://www.espiritismo.cc/Descargas/libros/doctrina_espirita_principiantes.pdf
http://www.spiritist.com/Doctrina_Espirita_para_Principiantes.pdf
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Pero La Indulgencia en la Religion Catolica no es lo mismo, veamos:
20. "¿Es uno reprensible por observar las imperfecciones de los otros cuando no puede resultar ningún provecho para ellos, aun cuando no las divulgue? "Todo depende de la intención; ciertamente no está prohibido ver el mal cuando el mal existe, y aún habría inconveniente en ver por todas partes el bien; esta ilusión perjudicaría al progreso. Lo malo es hacer recaer esta observación en detrimento del prójimo, desacreditándole, sin necesidad, en la opinión. Sería también reprensible haciéndolo para complacerse a sí mismo en sus sentimientos de malevolencia y de alegría al encontrar a los otros en falta. Lo contrario sucede cuando echando un velo sobre el mal para el público, se limita uno a observarlo para su provecho personal, es decir, para estudiarse y evitar lo que se censura en los otros. Por lo demás, esta observación, ¿no es acaso, útil, al moralista? ¿Cómo pintaría los males de la humanidad si no estudiase los modelos?
21. "¿Hay casos en que sea útil el descubrir el mal de otro? "Esta pregunta es muy delicada, y aquí es cuando debe recurrirse a la caridad bien comprendida. Si las imperfecciones de una persona sólo dañan a ella misma, nunca hay utilidad en hacerlas conocer; pero sí pueden ocasionar perjuicio a otro es menester preferir el interés del mayor número al interés de uno sólo. Según las circunstancias, descubrir la hipocresía y la mentira, puede ser un deber, porque vale más que un hombre caiga que no que muchos vengan a ser su ludibrio y sus víctimas. En tal caso, se han de pesar las ventajas y los inconvenientes.(San Luis, París, 1860).
(San Luis. París, 1860).
También el Libro de Los Espíritus en el ítem #841, nos da luz a esta situación, donde debemos imponer el bien, cuando doctrinas perniciosas se dan lugar:
Libro de Los Espíritus, pág. 466
Ítem # 841. Por respeto a la libertad de conciencia, ¿debemos permitir que se difundan doctrinas perniciosas, o podemos –sin atentar contra esa libertad– intentar que vuelvan al camino de la verdad aquellos que se han extraviado por seguir principios falsos?
“Sin duda podéis intentarlo, e incluso debéis hacerlo. Pero enseñad, según el ejemplo de Jesús, mediante la dulzura y la persuasión, y no por la fuerza, lo cual sería peor que la creencia de aquel a quien queréis convencer. Si hay algo que está permitido imponer, es el bien y la fraternidad. Con todo, no creemos que el medio de lograr que se los admita sea obrar con violencia, pues la convicción no se impone.”
Ítem # 841. Por respeto a la libertad de conciencia, ¿debemos permitir que se difundan doctrinas perniciosas, o podemos –sin atentar contra esa libertad– intentar que vuelvan al camino de la verdad aquellos que se han extraviado por seguir principios falsos?
“Sin duda podéis intentarlo, e incluso debéis hacerlo. Pero enseñad, según el ejemplo de Jesús, mediante la dulzura y la persuasión, y no por la fuerza, lo cual sería peor que la creencia de aquel a quien queréis convencer. Si hay algo que está permitido imponer, es el bien y la fraternidad. Con todo, no creemos que el medio de lograr que se los admita sea obrar con violencia, pues la convicción no se impone.”
Libro de Los Espíritus -.
Ítem #842. Puesto que todas las doctrinas abrigan la pretensión de ser la única expresión de la verdad, ¿por qué signos podremos reconocer a aquella que tenga el derecho de presentarse como tal?
- Será la que haga más hombres de bien y menos hipócritas, vale decir, más hombres que practiquen la ley de amor y caridad en su mayor pureza y en su más amplia aplicación. Por ese indicio reconoceréis que una doctrina es buena, pues toda doctrina que tenga por resultado sembrar la discordia y establecer demarcaciones entre los hijos de Dios no puede ser sino falsa y perniciosa.
Ítem #842. Puesto que todas las doctrinas abrigan la pretensión de ser la única expresión de la verdad, ¿por qué signos podremos reconocer a aquella que tenga el derecho de presentarse como tal?
- Será la que haga más hombres de bien y menos hipócritas, vale decir, más hombres que practiquen la ley de amor y caridad en su mayor pureza y en su más amplia aplicación. Por ese indicio reconoceréis que una doctrina es buena, pues toda doctrina que tenga por resultado sembrar la discordia y establecer demarcaciones entre los hijos de Dios no puede ser sino falsa y perniciosa.
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Por lo tanto podemos resumir que el Espiritismo proclama el derecho a la expresión, a exponer lo que se pueda considerar falso y pernicioso a fin de ayudar a otros a no ser engañados.
"El Espiritismo proclama la libertad de conciencia como un derecho natural y la reclama para los suyos como para todo el mundo. Respeta todas las convicciones sinceras, pidiendo para sí la reciprocidad.",
"El Espiritismo proclama la libertad de conciencia como un derecho natural y la reclama para los suyos como para todo el mundo. Respeta todas las convicciones sinceras, pidiendo para sí la reciprocidad.",
Allan Kardec, Obras Póstumas
Cada cual puede tener su propia interpretación de las cosas. Algunos consideran que exponer unas faltas cometidas que afectan a los que consideran que la información que ofrecen las fuentes es correcta, cuando no lo es, lo ven como críticas malsanas o perniciosas. Pero a la luz de que he expresado con relación al tema de las Indulgencias aquí expresado, no lo es.
Cuando uno actúa mal, debe afrontar la consecuencia. El quedarse callado es lo mismo que aceptar que eso está bien. Por eso el Espiritismo brasileño, promueve todo lo que represente un negocio. Tenemos un ejemplo con la revista : “Doctrina Espírita para Principiantes, edición 2005, contiene Fotos de Materializaciones Fraudulentas de Uberaba.
Chico Xavier y Juan de Dios de Brasil, |
¿Qué necesidad tenía Chico Xavier de empañar su nombre, venerado en el mundo, y mancharle con fraudes o engaños?. Eso nos pone a pensar, si su labor Mediúmnica era auténtica, todas las veces. No tengo dudas de sus capacidades Mediúmnicas, por eso me apena saber que se dio a estos engaños.
No se necesita nada de eso para exponer la bella Filosofía del espiritismo.
A partir de ese Fraude en fotos, todas las Casas Espíritas auspiciadas por la Federación Espírita de Brasil – FEB, promovieron las fotos como auténticas materializaciones espirituales. Algo digno de preocupación. Porque demuestra también complicidad. ¿Cómo una organización Espírita puede dar lugar a la publicación de fotos fraudulentas?. Lo mismo ocurre con todas las organizaciones que promueven información falsa en el Espiritismo, se hacen cómplices de los engaños o Mistificaciones que dan lugar estos fraudes.
A los nuevos Espíritas les digo, todo lo que debemos saber en términos Espirituales, lo puedes leer en los Libros Codificados. No existe una nueva Espiritualidad de Chico Xavier y Divaldo Franco y sus Espíritus Mentores, nada puede suplantar los Los Libros Codificados que en definitiva es Palabra de Dios dadas a Espíritus Puros y Perfectos, para ser lo que hoy conocemos como la Tercera Revelación del Espiritismo, NO EXISTE NINGUNA NUEVA ESPIRITUALIDAD PLAGADA DE MISTIFICACIONES, MATERIALIZACIONES FRAUDULENTAS, NI PLAGIO.
El público nos debe evaluar como gente recta, no propensos ni al interés económico ni a comportamientos alejados del Bien Común.
La Federación Espírita de Brasil FEB, se le pasó la mano con el Espiritismo, no deben manchar nuestra Bella filosofía consoladora con el mercantilismo religiosos. Por eso es muy fácil llamar al Espiritismo una Religión, para justificar que todo hay que creerlo por fe ciega. Pues no, los Espiritistas tenemos Fe razonada.
Si quieres murmurar hablando mal de mí persona, sabes que cometes falta. Lo que debes hacer es evaluar los argumentos que estoy presentando y corrijas eso, sino presentar tus puntos de vista. No se necesita que te enojes. Si eres Espiritista de Verdad, no le pasas la mano a esto.
http://www.espiritismo.cc/Descargas/libros/doctrina_espirita_principiantes.pdf
http://www.spiritist.com/Doctrina_Espirita_para_Principiantes.pdf
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Pero La Indulgencia en la Religion Catolica no es lo mismo, veamos:
Indulgencia
La Doctrina de las Indulgencias es un concepto de la teología cristiana católica estrechamente ligado a los conceptos de pecado, penitencia, remisión y purgatorio. En su formulación actual consiste en que ciertas consecuencias del pecado, como la pena temporal del mismo, puedan ser objeto de una remisión o indulgencia (del latín indulgentia: 'bondad, benevolencia, gracia, remisión, favor') concedida por determinados representantes de la Iglesia y bajo ciertas condiciones. Esta institución se remonta al cristianismo antiguo y tanto su práctica como su formulación han evolucionado a lo largo del tiempo. La doctrina protestante no la acepta por considerar que carece de fundamento bíblico. Por tal razón, a partir de la Reforma, solo fue objeto de desarrollo en el ámbito de la Iglesia católica.
En la doctrina católica, la indulgencia, a diferencia del sacramento de la penitencia o reconciliación, no perdona el pecado en sí mismo, sino que exime de las penas de carácter temporal que de otro modo los fieles deberían purgar, sea durante su vida terrenal, sea luego de la muerte en el purgatorio. La indulgencia no es un sacramento como la penitencia. Puede ser concedida por el papa, los obispos y los cardenales, a quienes, por ejemplo, recen determinada oración, visiten determinado santuario, utilicen ciertos objetos de culto, realicen ciertos peregrinajes, o cumplan con otros rituales específicos.
Aunque se trata de un concepto teológico secundario, las indulgencias desempeñaron en su momento un papel central en la historia del cristianismo. En el siglo XVI, los abusos y el tráfico económico al que dieron lugar constituyeron uno de los motivos por el que Martín Lutero se enfrentó con la Iglesia católica.
El cristianismo antiguo
Los primeros antecedentes de la práctica de indulgencias se remontan al siglo III. En el cristianismo antiguo, la penitencia impuesta a los pecados confesados era severa, y la correspondiente a los pecados considerados especialmente graves, como la apostasía o el homicidio, además, era pública.1
Posteriormente, surgieron prácticas tendentes a reducir el rigor de dicha pena para facilitar el reingreso en la comunidad a miembros que habían cometido apostasíaen razón de persecuciones: los llamados lapsi ('los caídos, los que han tropezado'). Así surgió la costumbre de visitar a confesores apresados que esperaban el martirio solicitándole que intercedieran en su favor frente al obispo. Si el futuro mártir estaba de acuerdo, le otorgaba una carta denominada libellum pacis, para que en virtud del sacrificio que iba a tener lugar, el obispo redujese por razones piadosas la pena del requirente.2 En esta fase, la indulgencia no era dependiente de una acción o prestación que el pecador debía realizar, sino de una especie de compensación mística de los sufrimientos de uno contra la remisión de la pena por los pecados de otro.
La Edad Media
A principios del siglo VIII los obispos comenzaron a reducir la duración o la gravedad de las penas impuestas, siempre a personas determinadas, a cambio de la realización de acciones concretas, tales como la visita a un lugar santo o una mortificación como ayunar o dormir en lechos sembrados de ortigas.
En el siglo XI aparecen por primera vez las indulgencias generales por la remisión de penas temporales otorgadas por el papa o los obispos para cualquier persona que realizase una obra meritoria, tales como la visita de un monasterio recientemente consagrado o dádivas a los pobres.
En el siglo XII, la práctica recibe una primera definición jurídica por medio de los decretos pontificales donde se establece una clara distinción entre la absolución (reservada a Dios) y la indulgencia, que permite la reconciliación con la Iglesia. La indulgencia se obtiene en contrapartida de un acto de piedad, como peregrinajes —origen de las vías romeas o del Camino de Santiago—, oraciones o mortificaciones llevadas a cabo con fines de arrepentimiento. Se aplicaba solo a las personas que, según la fórmula utilizada, eran "vere penitentibus et confessis", esto es «verdaderamente arrepentidos y confesados».
Paralelamente se desarrolló la doctrina de la comunión de los santos y del "tesoro de la Iglesia" en virtud de las cuales, todos los hombres están ligados entre sí de manera sobrenatural y tanto la santidad como los pecados de cualquiera de ellos tienen influencia, positiva y nefasta respectivamente, sobre toda la comunidad. De la expiación de los santos, surge así un tesoro de méritos, que aprovecha a todos y que puede ser administrado por la Iglesia bajo ciertas condiciones, por ejemplo como penitencia general.
Se reputa que la indulgencia toma su fundamento de la comunión de los santos. En teoría, no existe ninguna necesidad de "proporcionalidad" entre la falta cometida y el acto de piedad. Pero en la práctica surgieron diferencias, sobre todo en razón de la influencia de antiguos sistemas, donde las penas por delitos eran fundamentalmente "tarifas" de reparaciones: cada falta tenía su precio. Las indulgencias fueron influenciadas por los "penitenciales", manuales provenientes de Irlanda, que fijaban por cada tipo de falta una cantidad determinada de días de mortificación. De menor duración, la indulgencia tiende a partir de entonces a substituirse a la penitencia física, particularmente en el caso de personas agonizantes.
Ya en esa época existían costumbres objetables, principalmente la simonía: los fieles buscaban negociar con hombres de iglesia actos de caridad contra dinero contante y sonante. Los concilios de los siglos X y XI se esfuerzan en limitar el poder de apreciación de los clérigos fijando tarifas generales. Pero en contrapartida, a partir de ese momento, la indulgencia se transformó en un arma de la política pontifical: la indulgencia plenaria apareció hacia la mitad del siglo XI, donde se utiliza para apoyar acciones y políticas reputadas convenientes, tales como la reconquista española.3
Durante la edad media, el "curso" de las indulgencias acusa una gran baja: se necesita cada vez menos esfuerzo para obtener indulgencias cada vez más significativas. Por ejemplo, se conceden indulgencias a cambio del respeto de tratados o de la palabra empeñada, lo que pese a la laudable finalidad, equivalía a recompensar la "ausencia de pecado". También se negocian dispensas de ciertas obligaciones. De allí por ejemplo el origen de algunos apelativos populares como aquel de «Torre de manteca», referido a la Catedral de Nuestra Señora de la ciudad de Ruan: el sobrenombre se debe a la presunta venta de derogaciones concedidas para poder consumir carne durante la cuaresma, que habría servido para financiar su construcción.
Las sumas obtenidas en contrapartida de las indulgencias financiaban, en el mejor de los casos, la construcción de edificios religiosos, la realización de obras caritativas y las bellas artes, pero en el peor de los casos, alimentaban el tren de vida de prelados corruptos.[cita requerida]
La Reforma
La prédica de indulgencias fue denunciada ya por John Wickliffe (1320-1384) y también por Jan Hus (1369-1415) que cuestionaron los abusos que su práctica originaba.
Pero recién en el primer cuarto del siglo XVI, tienen lugar los hechos de mayor significación histórica: el primero es la indulgencia acordada en 1506 para quienquiera ayudase a la construcción de la basílica de San Pedro y, por sobre todo, el verdadero detonante: el escándalo que surge en el Sacro Imperio Romano Germánico a raíz de la campaña organizada por Alberto de Brandeburgo, arzobispo de Maguncia, y llevada a cabo por el predicador de indulgencias Johann Tetzel.
En razón de los mismos, Martín Lutero atacó el principio mismo de la práctica en las noventa y cinco tesis de Wittenberg. Según Lutero, sólo Dios puede justificar a los pecadores. Combate tanto las indulgencias por las almas en el purgatorio (tesis 8-29) al igual que aquellas en favor de los vivos (tesis 30-68). En el primer caso, los muertos, sostiene, estando muertos, no se encuentran más ligados por los decretos canónicos. Como resultado, es la idea misma del purgatorio que resulta cuestionada. Lutero acusa así a la Iglesia de instrumentalizar el miedo al infierno. En lo que respecta a los vivos, Lutero sostiene que el arrepentimiento basta para lograr la remisión de penas, sin necesidad de cartas de indulgencia. Por el contrario, sostiene, la práctica de las indulgencias desvía a los pecadores de su verdaderos deberes: caridad y penitencia.
Es ésta la querella que está al origen del cisma catolicismo-protestantismo.
La reacción a la Reforma Protestante
Luego de la Reforma Protestante, la Iglesia puso un freno a los abusos. León X recuerda, con motivo de la condenación de Martín Lutero, la distinción entre la remisión de la pena temporal y el perdón de los pecados propiamente dichos. En el Concilio de Trento por otra parte se puso fin a la venta de indulgencias.
La situación actual
Las indulgencias subsisten tanto en la doctrina católica como en la práctica. Totalmente desconectadas del contexto que las vio nacer, las mismas conservan ciertamente un interés teológico e histórico. Pero en el terreno temporal, su rol fuera del ámbito eclesiástico carece de la significación de otras épocas. La práctica de las indulgencias fue encuadrada por la Congregación de las Indulgencias, creada por Clemente VIII (1592-1605) e integrada a la Curia Romana por Clemente IXen 1669. Sus competencias fueron transferidas en 1908 al Santo Oficio y en 1917 a la Penitenciaria apostólica. El Código de Derecho Canónico de 1983 las regula detalladamente en su Libro IV, Parte I, Título IV, Capítulo IV, cánones 992 al 997.
En particular, el cánon 992 del Código de Derecho Canónico define la indulgencia en los siguientes términos:
La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los Santos.4
De acuerdo al Catecismo de la Iglesia Católica:
La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente. Todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias.5
Véase también
- Portal:Iglesia católica. Contenido relacionado con Iglesia católica.
- Indulto
- Domingo de la Divina Misericordia
- Purgatorio
Notas y referencias[editar]
- ↑ Galtés, Joan (2000). Vivir el jubileo. Barcelona: Centre de Pastoral Litúrgica. pp. 15-16. ISBN 9788474675870. Consultado el 16 de septiembre de 2013.
- ↑ Sobre esta cuestión puede consultarse, además de las fuentes citadas, el extenso artículo en inglés sobre los "Lapsi" en "New Advent", Lapsi
- ↑ El papa Alejandro II transformó la reconquista española en guerra santa, concediendo indulgencia plenaria a los soldados que tomasen parte en la toma de Barbastro
- ↑ «Cánon 992». Código de Derecho Canónico. Consultado el 26 de abril de 2014.
- ↑ Catecismo de la Iglesia Católica #1271
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